Multón por protección de datos
Publicado: Vie Oct 26, 2018 4:33 am
Pues eso, que alguien se enfrenta a una posible multa de entre 40.000 y 300.000€ por hacer fotos sin permiso: http://www.diariodevalladolid.es/notici ... 32777.html
OJO: como se lee en la noticia, el delito NO es hacer fotos en un colegio ni a menores, el delito es simplemente hacer fotos a alguien. Insisto: NO importa que los fotografiados fueran menores.
Sin embargo, en la noticia hay algo que echo en falta para poder entender el alcance real de esto: esa persona estaba haciendo fotos desde dentro de un coche, y hacia dentro de un recinto privado. Ya con la anterior ley ambas cosas por separado ya eran delito: no se podía (ni se puede, supongo) hacer fotos o grabar desde dentro de un recinto privado (un coche así se considera) ni tampoco se puede grabar o tomar fotos de un recinto privado desde el exterior del mismo.
Lo único que los agentes dicen en la noticia es que el tema está simplemente en el hecho de haber tomado fotos sin permiso previo. Sin la coletilla de "en un recinto privado" y/o "desde un recinto privado" me parece algo muy grave.
Porque de ser así, es decir, si el delito no está en que sean menores (que eso ya queda claro en la noticia) ni en que sea recinto privado, entonces es básicamente ilegal hacer fotos en la calle. A cualquiera. Incluso aunque no las publiques jamás.
Por favor, absteneos de entrar en el "si fuesen tus hijas en el colegio" y esas cosas. El debate aquí está en el hecho de que lo punible no tiene que ver con un colegio ni con unos menores, sino con el mero hecho de TOMAR una fotografía.
OJO: como se lee en la noticia, el delito NO es hacer fotos en un colegio ni a menores, el delito es simplemente hacer fotos a alguien. Insisto: NO importa que los fotografiados fueran menores.
Sin embargo, en la noticia hay algo que echo en falta para poder entender el alcance real de esto: esa persona estaba haciendo fotos desde dentro de un coche, y hacia dentro de un recinto privado. Ya con la anterior ley ambas cosas por separado ya eran delito: no se podía (ni se puede, supongo) hacer fotos o grabar desde dentro de un recinto privado (un coche así se considera) ni tampoco se puede grabar o tomar fotos de un recinto privado desde el exterior del mismo.
Lo único que los agentes dicen en la noticia es que el tema está simplemente en el hecho de haber tomado fotos sin permiso previo. Sin la coletilla de "en un recinto privado" y/o "desde un recinto privado" me parece algo muy grave.
Porque de ser así, es decir, si el delito no está en que sean menores (que eso ya queda claro en la noticia) ni en que sea recinto privado, entonces es básicamente ilegal hacer fotos en la calle. A cualquiera. Incluso aunque no las publiques jamás.
Por favor, absteneos de entrar en el "si fuesen tus hijas en el colegio" y esas cosas. El debate aquí está en el hecho de que lo punible no tiene que ver con un colegio ni con unos menores, sino con el mero hecho de TOMAR una fotografía.