por rozalen » Vie May 20, 2011 10:18 pm
¡ Haya paz hermanos !
Como veo (leo) que sabes de qué va esto, la explicación es muy breve.
En monturas que tienen un registro más largo que el del objetivo que se va adaptar es necesario o meter unas lentes que modifiquen ese registro o dejar el objetivo sin modificar el registro. Si el registro del objetivo es más corto que el de la montura no se puede enfocar a infinito. Con algún ejemplo creo que se entenderá mejor:
Tienes un objetivo Konica, que tiene un registro de 40,5mm, y lo quieres montar en una Canon EOS, que tiene un registro de 44mm. A no ser que metas unas lentes de por medio no podrás dejar el objetivo Konica a 40,5mm del plano focal para que llegue a infinito.
Lo que ese vendedor deja constancia en el anuncio es que no vas a tener problemas en alcanzar infinito con ese adaptador. De hecho suele ocurrir que con esos adaptadores se llegue al infinito y más allá; esto es debido a las tolerancias en la fabricación, el fabricante se cura en salud y hace que el infinito se alcance un poco antes de que la marca del objetivo alcance dicho punto (más vale ser precavido que no te empiecen a llegar quejas).