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Multón por protección de datos

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Multón por protección de datos

Notapor aremesal » Vie Oct 26, 2018 4:33 am

Pues eso, que alguien se enfrenta a una posible multa de entre 40.000 y 300.000€ por hacer fotos sin permiso: http://www.diariodevalladolid.es/notici ... 32777.html

OJO: como se lee en la noticia, el delito NO es hacer fotos en un colegio ni a menores, el delito es simplemente hacer fotos a alguien. Insisto: NO importa que los fotografiados fueran menores.

Sin embargo, en la noticia hay algo que echo en falta para poder entender el alcance real de esto: esa persona estaba haciendo fotos desde dentro de un coche, y hacia dentro de un recinto privado. Ya con la anterior ley ambas cosas por separado ya eran delito: no se podía (ni se puede, supongo) hacer fotos o grabar desde dentro de un recinto privado (un coche así se considera) ni tampoco se puede grabar o tomar fotos de un recinto privado desde el exterior del mismo.

Lo único que los agentes dicen en la noticia es que el tema está simplemente en el hecho de haber tomado fotos sin permiso previo. Sin la coletilla de "en un recinto privado" y/o "desde un recinto privado" me parece algo muy grave.

Porque de ser así, es decir, si el delito no está en que sean menores (que eso ya queda claro en la noticia) ni en que sea recinto privado, entonces es básicamente ilegal hacer fotos en la calle. A cualquiera. Incluso aunque no las publiques jamás.

Por favor, absteneos de entrar en el "si fuesen tus hijas en el colegio" y esas cosas. El debate aquí está en el hecho de que lo punible no tiene que ver con un colegio ni con unos menores, sino con el mero hecho de TOMAR una fotografía.
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Re: Multón por protección de datos

Notapor Fid » Vie Oct 26, 2018 5:35 am

Sólo una puntualización, no es un delito, es una infracción.

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Re: Multón por protección de datos

Notapor ulises » Vie Oct 26, 2018 8:12 am

Sin entrar en el particular de este caso, recuerdo este hilo, "Fotografía de calle y derechos legales", en el que por lo visto intervino un abogado. A mi entender, resuelve toda duda...

http://www.nikonistas.com/digital/foro/index.php?s=343afe2914aaf1cd735bf84a6c7fcfc1&showtopic=410583


Hablando estrictamente de la conocida como "fotografía de calle", creo -y más con la proliferación de la fotografía móvil- que son ganas de ponerle puertas al campo. Por otro lado, ¿cuántos critican esta disciplina pero cuando salen al extranjero es la primera que practican? :roll:


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Re: Multón por protección de datos

Notapor marcuse » Vie Oct 26, 2018 8:29 am

Pues la verdad, yo creía que la gente que hace foto de calle ya tenía claro a lo que se expone. No es que me parezca bien, pero hoy por hoy la ley está así, y si bien es muy poco probable que te lleguen a multar, como haya alguien que te tenga cruzado y te la quiera jugar, lo tiene fácil.

Yo creo que aquí se explica bastante bien:

https://www.rubixephoto.com/2016/04/20/ ... aplicable/

y básicamente viene a decir que la única fotografía de calle que ampara la ley es esta:

Art. 8.2 En particular, el derecho a la propia imagen no impedirá:

a) Su captación, reproducción o publicación por cualquier medio cuando se trate de personas que ejerzan un cargo público o una profesión de notoriedad o proyección pública y la imagen se capte durante un acto público o en lugares abiertos al público.

b) La utilización de la caricatura de dichas personas, de acuerdo con el uso social.

c) La información gráfica sobre un suceso o acaecimiento público cuando la imagen de una persona determinada aparezca como meramente accesoria.
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Re: Multón por protección de datos

Notapor ulises » Vie Oct 26, 2018 8:54 am

marcuse escribió:como haya alguien que te tenga cruzado y te la quiera jugar, lo tiene fácil.


No lo creo, en absoluto. Si entras en Instagram, Flickr, 500 px, etc., etc., tienes millones de fotografías de calle; tantas como para colapsar los juzgados hasta que Andrómeda colisione con la Vía Láctea.


¡Un saludo!
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Re: Multón por protección de datos

Notapor jesito » Vie Oct 26, 2018 9:16 am

¿Que haces si ves a alguien cometiendo una infracción o un delito y llevas la camara en la mano?
¿No disparas para aportar una prueba? ¿Le pides permiso al infractor o delincuente?
Me parece que todo esto es un sinsentido... como algunas otras de las leyes que hay vigentes actualmente.
EOS 5D/100D-Sigma SD9/SD14/DP1s-Oly E-1/E-330/E-450 -Sony A700/NEX-F3-Samsung NX100/NX210/NX20, Fuji XQ1/X-E1/X-M1. Ópticas manuales/cámaras de pelí­cula. Por jubilación todo en venta. Si algo te interesa, hazme una oferta.

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Re: Multón por protección de datos

Notapor marcuse » Vie Oct 26, 2018 10:46 am

ulises escribió:
marcuse escribió:como haya alguien que te tenga cruzado y te la quiera jugar, lo tiene fácil.


No lo creo, en absoluto. Si entras en Instagram, Flickr, 500 px, etc., etc., tienes millones de fotografías de calle; tantas como para colapsar los juzgados hasta que Andrómeda colisione con la Vía Láctea.


No veo cómo eso puede ser un argumento. Hay millones de conductores que cometen infracciones cada día, y la mayor parte de ellas quedan sin castigo, pero si te pillan, la multa te llega.

Evidentemente con este asunto se hace la vista gorda y nunca se actúa de oficio, pero si alguien te quiere denunciar, con la ley en la mano, está en su derecho. Luego que esa denuncie acabe desestimada, pues puede ser, o no.
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Re: Multón por protección de datos

Notapor ulises » Vie Oct 26, 2018 11:52 am

marcuse escribió:No veo cómo eso puede ser un argumento. Hay millones de conductores que cometen infracciones cada día, y la mayor parte de ellas quedan sin castigo, pero si te pillan, la multa te llega.

Evidentemente con este asunto se hace la vista gorda y nunca se actúa de oficio, pero si alguien te quiere denunciar, con la ley en la mano, está en su derecho. Luego que esa denuncie acabe desestimada, pues puede ser, o no.


Las infracciones de tráfico son un asunto extremadamente grave que cuesta vidas. Fotografíar en la calle, per se, ni siquiera es infracción.


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Re: Multón por protección de datos

Notapor ulises » Vie Oct 26, 2018 11:57 am

Gobo escribió:¿Tiene sentido que en nombre de Dios no se pueda representar la imagen humana?
NO.
¿Tiene sentido que una ley "humana" proponga lo mismo?
NO

Creo que está claro.
Pero es la sociedad que queremos, y las leyes que nos damos para conseguir esa sociedad...
Siempre nos quedará Marte.



¿Marte? No es necesario ir tan lejos; con irse por ejemplo a Estados Unidos, es suficiente. ;)


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Re: Multón por protección de datos

Notapor rush81 » Vie Oct 26, 2018 1:11 pm

Me parece bastante evidente que con este persona se ha procedido con toda la fuerza legal porque los hechos dan a entender algo bastante feo, aunque sea indemostrable. Por otra parte, desconozco si las leyes de protección de datos tienen algun sesgo ideológico que no lleven algun tipo de conclusión adicional que de pie a reflexiones filosóficas.
Sony A7ii & A7iv
FE 20mm f1.8 G
FE 28mm f2.0
FE 35mm f2.8 ZA Zeiss Sonnar T*
FE 55mm f1.8 ZA Zeiss Sonnar T*
FE 85mm f1.8

Olympus Pen EP-5
M.Zuiko 30mm f3.5 Macro
M.Zuiko 9-18 f4-5.6

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Re: Multón por protección de datos

Notapor ulises » Vie Oct 26, 2018 5:01 pm

aremesal escribió:Pues eso, que alguien se enfrenta a una posible multa de entre 40.000 y 300.000€ por hacer fotos sin permiso: http://www.diariodevalladolid.es/notici ... 32777.html

OJO: como se lee en la noticia, el delito NO es hacer fotos en un colegio ni a menores, el delito es simplemente hacer fotos a alguien. Insisto: NO importa que los fotografiados fueran menores.


Comentan en la noticia, corto y pego de dicha fuente:

"El letrado reconoce que la toma de las imágenes a las niñas del colegio San Francisco de Asís, en Delicias, ni siquiera es un delito. «Solo lo sería si fueran imágenes de desnudos o de contenido sexual». Y recalca que el hecho de ser menores tampoco agrava en nada la obtención de imágenes. La infracción lo es porque se ha fotografiado a una persona sin su permiso, con independencia de adulta o menor», insistió el especialista de Protección de Datos."

Y además...

"Fuentes del Cuerpo Nacional de Policía de Valladolid recordaron ayer que la toma de fotografías a menores no tiene castigo penal en un caso como el citado."

Si no tiene castigo penal, ¿dónde ves el delito que repites insistentemente? En fin, creo que ha sido un poco sensacionalista por tu parte. :roll:


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Re: Multón por protección de datos

Notapor juanefr » Vie Oct 26, 2018 6:02 pm

En mi opinión, la multa no tiene nada que ver con el hecho de ser o no menores, ni con los posibles usos "indecentes" de la fotografía. Aquí una cuestión más básica que ya se ha planteado, no hay permiso para hacer esas fotos. Esa falta de permiso de los progenitores/tutores de los menores es el fundamental. Imaginad que alguno de esos menores tiene una especial protección, o la madre, por malos tratos, con la publicación de una foto podrían ponerlos en peligro. También hay casos en los que se ha retirado la custodia a los progenitores por daños al menor y no deben conocer su paradero. La cuestión no es para nada baladí.
OM-D E-M5 Mark II, Body Cap Lens 9 f 8.0, M.Zuiko 9-18 f 4-5.6, M.Zuiko 17 f 1.8, M.Zuiko 25 f 1.8, Sigma 60 f 2.8 DN Art, M.Zuiko 40-150 f 4.0-5.6 R. Y varios objetivos manuales adaptados.
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Re: Multón por protección de datos

Notapor ulises » Vie Oct 26, 2018 11:40 pm

En esta página, expertos en derecho sobre protección de datos, han tratado precisamente del caso que nos ocupa.

https://www.samuelparra.com/2018/10/22/abren-procedimiento-sancionador-por-realizar-una-foto-a-unas-chicas-en-el-patio-del-colegio/

Los comentarios ahí vertidos (parte inferior de la página) creo que pueden arrojar bastante luz.

Infiero que el punto más espinoso reside en el hecho de haber fotografiado a personas (niños o adultos, lo mismo da) que se encontraban dentro de un recinto o espacio privado (colegio)... De haber sido en calle, aquí no hubiera pasado nada.


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Re: Multón por protección de datos

Notapor Arenaza » Sab Oct 27, 2018 10:07 am

Pues se lo ponen chungo a los detectives privados. :?
Olympus OM-D M-5 y algunos objetivos Zuiko y Pana.
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Re: Multón por protección de datos

Notapor gonzabg74 » Dom Oct 28, 2018 8:48 am

El detonante clave de este caso es el estar haciendo fotos y vídeos desde el interior de un coche junto a un colegio. Si esta persona hubiera estado de pie, en la calle, haciendo fotos por la calle sin haber un colegio cerca, seguro que nadie hubiera llamado a la policia.
Después viene el tema de encontrar la forma de sancionar a este tipo en concreto y lo hacen a través de la captación de fotos y vídeo sin permiso. Pero entiendo que esto no quiere decir que se vaya a denunciar a cualquiera que vaya haciendo fotos por la calle.

Yo suelo hacer fotos en la calle, no me interesan especialmente las personas, pero si las incluyo en las fotos para completar la composición del encuadre de un lugar o un rincón que me gusta. Nunca me han llamado la atención y, si lo hicieran, borraría la foto en presencia del afectado, aunque mi objetivo principal en la foto no fuese esa persona.

Un saludo.
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Re: Multón por protección de datos

Notapor deixonar » Dom Oct 28, 2018 9:01 am

Arenaza escribió:Pues se lo ponen chungo a los detectives privados. :?


:)


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Re: Multón por protección de datos

Notapor Santburg » Dom Oct 28, 2018 9:59 am

gonzabg74 escribió:El detonante clave de este caso es el estar haciendo fotos y vídeos desde el interior de un coche junto a un colegio. Si esta persona hubiera estado de pie, en la calle, haciendo fotos por la calle sin haber un colegio cerca, seguro que nadie hubiera llamado a la policia.
Después viene el tema de encontrar la forma de sancionar a este tipo en concreto y lo hacen a través de la captación de fotos y vídeo sin permiso. Pero entiendo que esto no quiere decir que se vaya a denunciar a cualquiera que vaya haciendo fotos por la calle.

Yo suelo hacer fotos en la calle, no me interesan especialmente las personas, pero si las incluyo en las fotos para completar la composición del encuadre de un lugar o un rincón que me gusta. Nunca me han llamado la atención y, si lo hicieran, borraría la foto en presencia del afectado, aunque mi objetivo principal en la foto no fuese esa persona.

Un saludo.
Yo también creo esto... Fíjate que a Al Capone lo enjaularon por fraude fiscal. Al final es buscar la manera de castigar algo mal hecho a través de herramientas legales.

Yo, al de las fotos dentro de un colegio y desde el coche, siendo padre de uno pequeño, le habría condenado a 10 latigazos a parte de lo otro. No está el asunto para bollos en estos días...
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Re: Multón por protección de datos

Notapor ulises » Dom Oct 28, 2018 10:55 am

Después de tanto alboroto, parece que no ha habido delito y todavía está por ver que exista multa.

Dicho esto, cuánto envidio a países como Estados Unidos.

"Voy a evitar toda la mala información sobre la fotografía callejera, para ir directo al grano. En Estados Unidos es absolutamente legal tomar fotos en la calle de personas en espacios públicos sin su consentimiento. Esto incluye calles, parques públicos y banquetas. Los contratos de modelaje son necesarios solamente para uso comercial y en instancias donde la imagen implica que el/la modelo apoya cierto producto o idea. Para usos editoriales y artísticos, no se requiere ningún tipo de permiso escrito."

https://www.edlatam.com/nyip/es-ilegal-tomar-fotos-en-la-calle/


Y aquí, en pleno siglo XXI, pensando aún en latigazos... :roll:


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Re: Multón por protección de datos

Notapor Santburg » Dom Oct 28, 2018 12:48 pm

Dije latigazos por ser fino :D
Esque tuve una mala experiencia con mi hermana, cuando era pequeña, y un indeseable que se dedicaba a hacer fotos a las niñas en la piscina del pueblo.
Lo salvo que vino la policía, porque éramos varios los que estábamos a punto de intervenir...
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Re: Multón por protección de datos

Notapor DurKeN » Mar Oct 30, 2018 9:38 am

ulises escribió:Después de tanto alboroto, parece que no ha habido delito y todavía está por ver que exista multa.

Dicho esto, cuánto envidio a países como Estados Unidos.

"Voy a evitar toda la mala información sobre la fotografía callejera, para ir directo al grano. En Estados Unidos es absolutamente legal tomar fotos en la calle de personas en espacios públicos sin su consentimiento. Esto incluye calles, parques públicos y banquetas. Los contratos de modelaje son necesarios solamente para uso comercial y en instancias donde la imagen implica que el/la modelo apoya cierto producto o idea. Para usos editoriales y artísticos, no se requiere ningún tipo de permiso escrito."

https://www.edlatam.com/nyip/es-ilegal-tomar-fotos-en-la-calle/


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Se ve que solo copiamos las medidas más restrictivas de nuestros vecinos. Poca novedad.

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